
Observatorio Constitucional
José Ramón González Chávez
Ya hemos comentado en entregas anteriores que la nacionalidad y la ciudadania son conceptos que mucha gente confunde, al grado de llegarlas a considerar como sinónimos, hasta por los servidores públicos y políticos, lo cual está muy pero muy lejos de ser cierto, ya que tienen naturalezas y características muy diferentes.
La nacionalidad es un hecho juridico, es decir, se da independiente de la voluntad del individuo. Nadie escoge dónde nacer ni la nacionalidad de sus padres, incluso por la bandera del transporte donde uno pueda ver la primera luz, inclusive en una embajada. Así pues, uno puede legítimamente tener más de una nacionalidad por todas estas circunstancias externas a la voluntad. Los nacionales formamos parte la población como uno de los elementos del Estado. Al momento de adquirir la nacionalidad por nacimiento o bien por naturalización somos sujetos de derechos y obligaciones como mexicanos. Por ser un derecho humano, universal, inalienable, nadie nos puede menscabar el derecho a tener todas las nacionalidades que podamos poseer, pues es intrínseco a nuestra naturaleza y parte de nuestro ser en términos familiares, sociales, culturales, etc. Si alguien pretendiera hacer eso sería a todas luces anticonstitucional.
Pero la ciudadanía es otra cosa: es un vínculo jurídico político que une a un nacional con el Estado en términos de derechos obligaciones y prerrogativas de carácter básicamente político. En términos griegos la Población es la demos, mientras que el Pueblo del estado es la polis, la comunidad política, aquella parte de la población que tiene la atribucion exclusiva de tomar decisiones que incumben y afectan a todos (politeia), independientemente de las preferencias personales, misma que de acuerdo a la Carta Magna se adquiere 1) por ser mexicano, 2) mayor de edad y 3) tener un modo honesto de vivir.
En Mexico, la población actualmente es de unos 135 millones de personas, incluyendo a los extranjeros que residen por diferentes circunstancias de manera temporal o permanente en nuestro país. Y de estos 135 millones 105.6 millones (más o menos 78%) integran el padrón electoral de ciudadanos mexicanos; estos son los que realmente integran el Pueblo del Estado, el soberano al que se refiere el código constitucional.
Los derechos y obligaciones tanto para los mexicanos como para los ciudadanos mexicanos están previstas con precision en diversos artículos constitucionales y son distintos unos de otros. Es ahí donde empieza la confusión puesto que mientras la nacionalidad como hemos diche es irrenunciable, e inalienable, la ciudadanía es un atributo es un atributo político que debe ser asumido por el nacional al momento que cumple con los requisitos establecidos, de tal suerte que la perosna interesada ahí sí debe decidir sobre que ciudadanía adoptar, para asumir plenamente los derechos y obligaciones políticos respectivos. Esto quiere decir que un individuo puede tener demográficamente varias nacionalidades pero políticamente una sola ciudadanía, la que tampoco ninguna autoridad puede condicionar ni limitar en su ejercicio, solvo en el caso de las excepciones que la propia constitucion prevé, como cuando por ejemplo, se es reo de un delito que implique pena corporal.
En este orden de ideas, por donde se le vea es anticonstiutucional pretender limitar el derecho humano a la nacionalidad y menos aun las facultades políticas de un ciudadano mexicano por el mero hecho de tener mas de una nacionalidad, lo que es verdaderamente absurdo pues hay quienes teniendo una sola han hecho cosas otroces contra nuestro país y ejemplos sobran y quienes teniendo mas nacionalidades han hecho cosas de gran provecho para la nacion…


