La mediación en México, una apuesta del país hacia la pacificación cotidiana

MTRO. JOSÉ LUCIO JIMÉNEZ RAMOS

Cuarenta y dos años practicando los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos como el Arbitraje y Conciliación*.

Mi vocación como mediador y persona facilitadora en los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias no nació en un salón de clases, sino en la observación cotidiana de cómo los conflictos —bien gestionados- pueden transformarse en oportunidades de reconstrucción. Durante años de ejercicio profesional en el ámbito jurídico, me di cuenta de que la litigiosidad tradicional muchas veces agrieta relaciones en lugar de sanarlas. Fue en el contacto directo con personas que veían la justicia como un laberinto inaccesible, donde comprendí que mi lugar no estaba sólo en el estrado, sino también en la mesa de diálogo.

La formación como mediador me vino a completar una convicción que ya portaba: que el derecho debe ser una herramienta de encuentro, no de fractura. La certificación ante el Poder Judicial, las más de 180 horas de capacitación teórico-práctica que exige la normatividad y el acompañamiento de procesos reales me fueron dando la certeza de que la mediación no es un “sustituto” de la justicia, sino una expresión diferente —más humana— del mismo derecho. En cada convenio que he visto firmar, en cada reconciliación familiar o comercial que he presenciado, han reforzado mi compromiso con esta práctica que devuelve a las partes el protagonismo sobre sus propias vidas.

Hay áreas que necesitan atención urgente

La Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (LGMASC), publicada el 26 de enero de 2024, representó sin duda un avance histórico porque sistematizó y dotó de arquitectura institucional a los MASC en el nivel nacional. Sin embargo, a más de un año de su vigencia, la práctica cotidiana nos ha revelado áreas de oportunidad que necesitan atención urgente:

a) Simplificación burocrática. La LGMASC, en su intento de formalizar los MASC, introdujo requisitos que desincentivan su uso. La iniciativa del diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez (Movimiento Ciudadano, 2025) señala correctamente el problema: la obligación de dotar de fe pública a ciertos convenios y el requisito de garantías para las personas facilitadoras son trabas que contradicen la naturaleza ágil de estos mecanismos. Incorporar el principio de economía procesal como rector sería fundamental.

b) Armonización estatal pendiente. El artículo 4° transitorio estableció que, si las legislaturas estatales no armonizaban sus leyes antes del 27 de enero de 2025, la LGMASC sería directamente aplicable. Hoy, muchas entidades federativas —entre ellas, Jalisco— está trabajando en ello, realizando foros, congresos y conferencias en la busqueda de ir completando esta armonización, generando certidumbre jurídica y prácticas de acuerdo a la normatividad nacional.

c) Justicia restaurativa y terapéutica. La ley abre la puerta a estos enfoques (artículos 81-85), pero deja su desarrollo a los acuerdos generales de cada Poder Judicial. Se requieren protocolos nacionales homologados y presupuesto específico para que no queden en letra muerta.

d) Solución de controversias en línea. Los artículos 86-92 regulan los sistemas en línea, pero la infraestructura tecnológica de muchos Centros Públicos es insuficiente. Necesitamos una Plataforma Nacional de Personas Facilitadoras realmente funcional, interoperable y accesible.

Enfoque local

Desde mi experiencia en las entidades donde practico, los retos y avances se dibujan con claridad:

Avances notables:

  • La creación de Centros Estatales de MASC con independencia técnica y operativa ha permitido profesionalizar el servicio.
  • Programas de mediación itinerante que llevan los servicios a municipios marginados, acercando la justicia a quienes históricamente quedaban fuera del alcance del Poder Judicial.
  • Incorporación de la Justicia Restaurativa en materias familiar y comunitaria, con resultados positivos en términos de reparación del daño y reintegración social.

Retos persistentes:

  • Falta de cultura de paz. La ciudadanía aún desconoce en gran medida la existencia de estos mecanismos. Según datos del INEGI (Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal 2023), los asuntos comunitarios o vecinales apenas sumaron 3,979 casos en todo el país, cifra irrisoria frente a la magnitud real de los conflictos cotidianos.
  • Desigualdad en infraestructura. Mientras estados como Jalisco producen aproximadamente uno de cada tres convenios nacionales, otras entidades apenas han iniciado la conformación de sus centros.
  • Escasez de personas facilitadoras. La proporción entre habitantes y mediadores es insuficiente. Se necesitan programas masivos de certificación y, sobre todo, condiciones dignas para quienes ejercemos esta función.

Rol social de la persona facilitadora

Como persona facilitadora, mi papel trasciende el mero trámite de un convenio. Somos constructores de tejido social en un país que lo necesita desesperadamente. En un contexto de violencia, fragmentación y desconfianza institucional, la mediación devuelve a las personas la capacidad de resolver sus conflictos sin violencia, recuperando la comunicación, la empatía y el reconocimiento mutuo.

Esto se alinea directamente con el Programa de Acción de la UNESCO para una Cultura de Paz: fomentar el diálogo, la tolerancia, la solidaridad y el arreglo pacífico de controversias. Cada proceso mediado es una semilla de cultura de paz porque:

  • Empodera a las partes como protagonistas de su solución.
  • Restaura relaciones en lugar de destruirlas.
  • Previene la escalada de conflictos que, sin canalización, pueden derivar en violencia.
  • Educar en el diálogo, mostrando que es posible discrepar sin romper lazos.

La mediación es, en esencia, una política social de pacificación cotidiana. Cada sesión que conduzco es un acto de fe en la posibilidad de que los mexicanos podamos reconstruir nuestra capacidad de convivencia.

Desafíos actuales

Los retos que enfrentamos en México los mediadores, ahora llamados personas facilitadoras, son múltiples y se entrelazan:

En el ámbito público:

  • Baja penetración institucional. A pesar de que la mayoría de disputas sometidas a MASC concluyen en acuerdo, el porcentaje global de asuntos que llegan a estos mecanismos es bajísimo frente al volumen de los juzgados.
  • Presupuesto insuficiente. La SCJN ha señalado que los Poderes Judiciales estatales deberían tener autonomía presupuestaria con un mínimo del 2.5% del presupuesto estatal, y cuánto de ese presupuesto se destina a justicia alternativa.
  • Desconocimiento ciudadano. La LGMASC creó una arquitectura compleja, pero no acompañó con una estrategia nacional de difusión masiva.

En el ámbito privado:

  • Falta de reconocimiento social. La mediación privada sigue siendo vista como un “lujo” o un acto de buena voluntad, no como una opción estratégica de resolución de conflictos.
  • Competencia desleal y falta de regulación. Aunque la LGMASC estableció registro y certificación, aún subsisten prácticas de pseudo mediación, sin formación ni ética profesional, lo que desprestigia la actividad.
  • Burocratización. Como señala el debate legislativo actual, los requisitos excesivos de fe pública, garantías y trámites administrativos, desincentivan la práctica privada.

Compartidos:

  • Necesidad de más mediadores. La relación población-mediador es insuficiente. Necesitamos multiplicar la certificación sin sacrificar la calidad.
  • Tecnología. La justicia alternativa en línea (MASC en línea) requiere inversión en plataformas seguras, confidenciales y accesibles.

Mirada hacia el futuro

Visualizo a la persona facilitadora como un actor central en la transformación del sistema de justicia mexicano. Veo tres líneas de evolución claras en los próximos años:

1. Profesionalización y especialización. La LGMASC ya abrió la puerta a la Justicia Restaurativa y Terapéutica (artículos 81-85). El futuro será de mediadores con formación multidisciplinaria —derecho, psicología, trabajo social, criminología— capaces de atender conflictos complejos de manera integral.

2. Justicia alternativa digital. Los artículos 86-92 de la LGMASC ya contemplan los sistemas en línea, sistemas automatizados y justicia descentralizada. La consolidación de la Plataforma Nacional de Personas Facilitadoras y el desarrollo de protocolos de ciber-mediación serán clave para democratizar el acceso, especialmente en zonas rurales y marginadas.

3. Cultura de paz institucionalizada. La mediación debe dejar de ser la “opción B” para convertirse en la primera opción natural ante un conflicto. Esto requiere:

  • Educación para la paz desde la escuela básica (como ya proponen la UNAM y la SEP).
  • Programas de mediación comunitaria y unidades móviles que descentralicen el servicio.
  • Unidades móviles de mediación en colonias y municipios de alta conflictividad.

Acciones clave para consolidar el reconocimiento:

  • Armonización inmediata en todas las entidades federativas para que la LGMASC opere de manera uniforme.
  • Carrera profesional para personas facilitadoras públicas, con salarios dignos y estabilidad laboral.
  • Registro único nacional de personas facilitadoras públicas y privadas, transparente y consultable.
  • Inversión presupuestaria real en los Centros Públicos de MASC.
  • Difusión masiva para que la ciudadanía sepa que existe otra forma de hacer justicia.

La mediación en México no es sólo una herramienta jurídica: es una apuesta del país hacia la pacificación cotidiana. Como personas facilitadoras, tenemos la responsabilidad histórica de construir puentes donde otros sólo ven muros.

FICHA BIBLIOGRÁFICA DEL AUTOR*

Abogado por la Universidad de Guadalajara. Maestría en Derecho Comercial y de la Empresa, por la Universidad Panamericana, Campus Guadalajara.

Tiene 42 años practicando los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos como el Arbitraje y Conciliación; y la Mediación, durante los últimos 15 años hasta la actualidad.

Certificado como persona Facilitadora Número 4 por el Instituto de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco. Certificado Número 82 como Mediador Privado dotado de Fe Pública por el Centro de Justicia Alternativa de la Ciudad de México.

Abogado técnico jurídico en materia de Seguros.

Temas relacionados