Nueva resolución de la Corte contra Elektra

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó —por mayoría de seis votos— que Nueva Elektra del Milenio, S.A. de C.V., deberá cubrir 67 millones de pesos a la Secretaría de Hacienda por haber reportado una pérdida fiscal mayor a la que realmente correspondía en 2012.

El fallo surge del análisis del amparo en revisión 3842/2024, elaborado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, mediante el cual la Corte dejó sin efecto la protección que en marzo de 2024 el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa había otorgado a la empresa vinculada a Ricardo Salinas Pliego.

Durante la discusión, las y los ministros coincidieron en que el SAT mantiene la atribución de revisar a cada empresa por separado, incluso cuando forma parte de un grupo empresarial que consolida sus declaraciones. Subrayaron que pertenecer a un conglomerado no libera a ninguna entidad de cumplir con sus responsabilidades fiscales propias.

El Tribunal Colegiado había eximido a Nueva Elektra del pago bajo el argumento de que, al estar integrada en Grupo Elektra —que sí había declarado impuestos—, no correspondía exigirle el monto reclamado. Hacienda impugnó esa resolución, insistiendo en que toda persona moral está sujeta a una verificación individual sin importar su pertenencia a un grupo financiero.

El ministro Giovanni Figueroa sostuvo que la normativa fiscal permite a la autoridad revisar a cada integrante de un corporativo: la obligación de presentar declaraciones consolidadas no limita la facultad fiscalizadora sobre cada empresa por separado.

Por otro lado, las ministras Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel, junto con el ministro Irving Espinosa, votaron en contra. Aclararon que su posición no se relaciona con el rechazo al pago de impuestos, sino con que, a su juicio, el caso no planteaba un problema constitucional, sino estrictamente legal, para el cual ya existe jurisprudencia aplicable.

Ortiz argumentó que el asunto debería resolverse en instancias distintas a la Corte. Esquivel coincidió con ese razonamiento. Espinosa añadió que su voto no pretende negar las facultades fiscalizadoras del SAT, aunque señaló inconsistencias en la interpretación del artículo 37 de la legislación fiscal.

En contraste, la ministra Estela Ríos recordó que la obligación de contribuir al gasto público deriva directamente de la Constitución, específicamente del artículo 31.

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