
En México, el marco legal para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres se ha construido de manera progresiva a partir de compromisos internacionales, reformas constitucionales y la expedición de leyes específicas. Este proceso ha sido impulsado tanto por la presión de movimientos feministas como por la necesidad de responder al alarmante incremento de casos de violencia de género y a la persistencia de estereotipos discriminatorios en distintos ámbitos de la vida social.
Uno de los primeros antecedentes jurídicos relevantes es la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en 1979 y ratificada por México en 1981. Este instrumento internacional constituye el principal tratado en materia de derechos de las mujeres y establece la obligación de los Estados parte de eliminar la discriminación contra las mujeres y garantizar la igualdad jurídica y social entre mujeres y hombres.|
Posteriormente, en el ámbito regional, se adoptó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belém do Pará, aprobada en 1994 en el seno de la Organización de los Estados Americanos (OEA). Este instrumento surgió como respuesta al creciente problema de violencia contra las mujeres en América Latina y ha sido utilizado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos como fundamento jurídico en diversos casos emblemáticos, entre ellos el caso González y otras vs. México (Campo Algodonero), resuelto en 2009, en el cual se condenó al Estado mexicano por la falta de prevención e investigación adecuada de feminicidios ocurridos en Ciudad Juárez.
En el ámbito interno, un avance significativo se produjo con la promulgación en 2007 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, considerada la principal legislación en materia de violencia de género en México. Esta ley establece distintos tipos de violencia —psicológica, física, patrimonial, económica y sexual— así como diversas modalidades en las que puede manifestarse, tales como la violencia familiar, laboral, docente, institucional, comunitaria y política.
Derivado de la gravedad de los crímenes cometidos contra mujeres por razones de género, en 2012 se incorporó al Código Penal Federal el delito de feminicidio, tipificación que reconoce las características particulares de los homicidios cometidos contra mujeres en contextos de violencia de género y busca sancionar de manera más severa este tipo de conductas.
Entre 2018 y 2021 se impulsaron diversas reformas legislativas en todo el país que dieron origen a la denominada Ley Olimpia, surgida a partir del caso de Olimpia Coral Melo, una joven mexicana que fue víctima de violencia digital cuando su expareja difundió contenido íntimo sin su consentimiento. Al denunciar los hechos, se evidenció la inexistencia de un tipo penal específico que sancionara dicha conducta, lo que motivó un movimiento social y legislativo que culminó con reformas legales para reconocer la violencia digital y sancionar a quienes difundan contenido íntimo sin autorización.
Posteriormente, en 2020, se aprobaron reformas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, impulsadas por legisladoras, organizaciones feministas y autoridades electorales. Estas reformas surgieron como respuesta al incremento de agresiones contra mujeres que participaban en la vida política del país, quienes denunciaban amenazas, presiones para renunciar a sus cargos, agresiones físicas y psicológicas, campañas de desprestigio y ataques basados en estereotipos de género. Estas disposiciones buscan garantizar que las mujeres puedan participar en la vida pública y ejercer cargos de representación sin enfrentar violencia ni discriminación.
En la actualidad, la evolución del marco jurídico mexicano refleja el impacto positivo de los movimientos sociales y feministas en la construcción de instrumentos legales orientados a prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, así como a promover la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres. México se ha convertido en un referente en América Latina en el desarrollo de legislación orientada a la protección de los derechos de las mujeres.
No obstante, la experiencia demuestra que la existencia de leyes por sí sola no es suficiente para erradicar la violencia de género. La transformación cultural, la educación en igualdad y la promoción permanente de información y conciencia social entre niñas, niños, adolescentes, mujeres y hombres son elementos indispensables para construir una sociedad libre de violencia, en la que las mujeres puedan vivir con dignidad, seguridad y pleno desarrollo en todos los ámbitos de su vida.
Osiris Cinta Arellano es una abogada mexicana vinculada a temas de derechos de las mujeres, perspectiva de género y análisis jurídico sobre violencia de género. Su trabajo suele relacionarse con el estudio del marco legal que protege a las mujeres frente a la violencia, así como con la difusión de información jurídica sobre instrumentos internacionales y legislación mexicana en la materia.


