
Expresiva protesta de un internauta sobre el excesivo uso que se le da a la Inteligencia Artificial, la cual es empleada por académicos e investigadores, alumnos, medios de comunicación, abogados o simples disfrutones, para resolver “todo”.
El Senado de la República presentará esta semana la primera propuesta de Ley de Inteligencia Artificial del país, resultado del trabajo conjunto entre legisladores de Morena, PAN, PVEM, PRI, PT y Movimiento Ciudadano. Según el proyecto, se trata de establecer un marco normativo horizontal, flexible y basado en riesgos. Sin embargo, ha encendido alertas en la oposición por posibles afectaciones a la libertad de expresión.
Manipular elecciones con inteligencia artificial, crear deepfakes sexuales sin consentimiento o usar sistemas autónomos letales sin supervisión humana tendrán consecuencias penales.
Se consideran infracciones gravísimas aquellas que utilizan esta tecnología para la manipulación política. También se castigará penalmente la interferencia electoral con fines ilícitos comprobables. El proyecto sancionará la implementación de sistemas que generen daños a la seguridad nacional. Otra prohibición estricta incluye el uso de sistemas autónomos capaces de causar daño sin supervisión humana. Las sanciones dependerán del nivel de impacto social de la Inteligencia Artificial en México.
El dictamen reconoce, en su justificación constitucional, que la inteligencia artificial, en especial la generativa y los sistemas de recomendación, puede “alterar los flujos informativos” y “afectar el derecho a recibir información veraz, plural y oportuna”.
Asimismo, retoma el artículo 7 constitucional, que prohíbe restricciones indirectas a la difusión de ideas mediante controles o tecnologías.
Un punto central del documento es la protección contra la creciente violencia digital. Los legisladores prohíben explícitamente la creación de deepfakes sexuales sin previo consentimiento. Esta medida busca proteger prioritariamente la integridad de mujeres, niñas y adolescentes. Asimismo, se penalizará la manipulación de audios o videos para humillar, acosar o extorsionar a civiles.
La propuesta también limita el uso tecnológico en sectores públicos y privados específicos. Quedará prohibido el uso de sistemas de reconocimiento emocional en ámbitos laborales y educativos. La identificación biométrica masiva en espacios públicos requerirá obligatoriamente una orden judicial previa. Además, se restringen los sistemas de puntuación social para evitar posibles riesgos de discriminación ciudadana. Los sistemas de alto riesgo deberán cumplir con evaluaciones, certificaciones y auditorías periódicas constantes. Se prohíbe el desarrollo de herramientas que exploten deliberadamente las vulnerabilidades de menores o adultos mayores.
La iniciativa contempla la creación de un Registro Nacional de Sistemas de Inteligencia Artificial, de carácter público, que concentrará información sobre sistemas de alto riesgo y aquellos utilizados por el gobierno federal, con funciones de vigilancia y control cuando impliquen riesgos para derechos humanos, seguridad o estabilidad democrática.
El artículo 14 prohíbe sistemas que vulneren derechos como la dignidad, la igualdad o la libertad de expresión, mientras que el 15 establece el derecho de las personas a que las decisiones automatizadas sean “comprensibles, explicables y revisables”, con supervisión humana y posibilidad de impugnación.
Uno de los puntos más sensibles es el artículo 141, que faculta a la autoridad en la materia para ordenar la suspensión de sistemas de IA cuando representen un “riesgo grave e inminente”.
Aunque la medida se plantea como excepcional, especialistas y legisladores advierten que su aplicación podría abrir la puerta a decisiones discrecionales que afecten la circulación de información.
El proyecto también prohíbe prácticas como la manipulación cognitiva, la vigilancia masiva sin control judicial, el uso de deepfakes con fines de desinformación o violencia, y los sistemas de puntuación social. Asimismo, establece sanciones contra la violencia digital mediante IA, especialmente aquella dirigida contra mujeres.
Otro foco de preocupación es el artículo 147, que considera de “alto riesgo” los sistemas utilizados en procesos electorales o para influir en la opinión pública fuera de actividades legítimas. Para la oposición, esta redacción podría permitir clasificar como riesgosos ciertos contenidos políticos, abriendo espacio a restricciones indirectas.
La ley asigna a la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación la coordinación de la política en la materia, en conjunto con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, que fungirá como autoridad operativa.


