El voto es un derecho, no una obligación sancionable

Ricardo Morales Carrasco*

Aunque el artículo 36 constitucional lo menciona como una “obligación”, no existe en la práctica una sanción real y efectiva por no votar.

El artículo 38 señala que podría suspenderse el ejercicio de derechos ciudadanos por incumplir con el deber de votar, pero no hay un mecanismo jurídico, ni administrativo que aplique efectivamente esa sanción, ni en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, ni en otra norma.

En contraste, el artículo 35 reconoce el voto como una prerrogativa, es decir, como un derecho de ejercicio libre y voluntario.

Así lo ha entendido la doctrina constitucional contemporánea: donde no hay sanción efectiva, no hay obligación jurídica, sino exhortación moral o cívica.

Inclusive, por esa razón se han presentado muchas Iniciativas en el Congreso para hacer que el voto sea auténticamente una obligación al imponer sanciones reales en caso de no votar.

Conclusión: no votar no te hace antidemócrata. Al contrario: también es un acto democrático abstenerse cuando el proceso carece de condiciones auténticamente democráticas como es la elección judicial.

Legitimar con el voto una simulación electoral no fortalece la democracia; la vacía.

“Yo no votaré, ni participaré en la que considero la farsa electoral más dañina que ha enfrentado la República en la historia constitucional de México.”

Francisco Burgoa.

*Abogado y docente. Vicepresidente de la Federación de Abogados; así como del Colegio de Abogados Juristas de Xalapa; y Delegado para el Estado de Veracruz de la OMA (ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ABOGADOS).

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