¿El cambio de personal judicial transforma el sistema de justicia?

José Ramón González Chávez

Una de las cosas que se le criticó a la reforma al sistema de justicia desde su inicio formal en 2008 fue que esta se centró exclusivamente en la materia penal y que prácticamente tres cuartas partes de las modificaciones que se le hicieron a la Constitución federal fueron no de carácter sustancial sino procedimental; esto sin demérito de las modificaciones que años antes llevó a cabo el Presidente Ernesto Zedillo entre ellas, por ejemplo, la creación del Consejo de la Judicatura y los nuevos medios de control como la controversia constitucional y el juicio de inconstitucionalidad. Otra gran contradicción de la reforma al sistema de justicia iniciada en 2008 fue que permitió al Ministerio Público privilegiar la solución alternativa de conflictos aun en casos graves, pero abusando de esta atribución, con tal de deshacerse del fardo producto de la cantidad de asuntos recibidos, el método se empezó a usar para casi cualquier cosa lo que fue en demérito de la protección de los derechos de las víctimas.

Una de las grandes fallas de sistema de justicia penal en todo el país fue que no se pudo implantar materialmente en todas las entidades federativas, principalmente por la visión centralista que tuvo su diseño. Al no contemplar el contexto de las peculiaridades de cada entidad e incluso cada municipio, se quiso implantar un modelo casi único y eso por supuesto no funcionó. Pero eso bien podría haberse arreglado permitiendo que los órganos encargados de la implantación en cada estado hubieran podido participar del análisis, la estrategia y la puesta en marcha en cada sitio. El gobierno federal anterior y el actual como ya parece ser la costumbre, lejos de corregir las deficiencias decidieron desmantelar el modelo sin contar con argumentos para ello, usando solo la falacia de la corrupción de juzgadores como única causa de las desgracias del poder judicial y de la justicia en general, cuando los que hemos estado en el medio de la seguridad pública y nacional sabemos que es un proceso mucho más complicado que eso.

En tales términos, el sistema de justicia es un ciclo procedimental en donde intervienen al menos 4 elementos de los cuales salvo una excepción, todos son responsabilidad del ejecutivo:

  • La seguridad pública preventiva, es decir, la policía de azul que ha sido prácticamente destruida en su totalidad, pretendiendo sustituirla con una “guardia nacional” que en todos lados -Estados Unidos es un claro ejemplo- por su propia naturaleza es y debe ser de caractes CIVIL no militar, todo con el afán de sacarle las manos del tema a las entidades federativas y municipios.
  • La procuración de justicia, que a nivel federal y en cada estado, por un afán de copiar el modelo norteamericano ahora se llaman “fiscalías”. Sobre la reforma de estas nada se ha hablado y ahí esta uno de los temas más sensibles si lo que se quiere tener un nuevo sistema de justicia.
  • La administración e impartición de justicia, que en su mayoría es la única que corresponde al poder judicial, aunque hay que decir que la justicia administrativa también es responsabilidad del ejecutivo por ejemplo en materia agraria, fiscal, administrativa etc.
  • La ahora denominada “reinserción social” -administración de reclusorios- que también es responsabilidad del Ejecutivo y que es el gran tema olvidado de la reforma del sistema de justicia. Solo hay que reflexionar que 2 tercios de los internados son reincidentes y que de estos 2 tercios son menores de 30 años.

Entonces ¿de qué reforma a la justicia hablamos cuando 3 de los 4 elementos de esta están a cargo del Ejecutivo y ésta solo para efectos de clientelismo político se ha enfocado exclusivamente a la suplantación del personal judicial con gente que ni siquiera la carrera de abogado tiene?

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