
*Una pasará 22 meses internada; la otra, 11 meses en libertad asistida y ambas pagarán reparación conjunta por 5 mil pesos
*El caso ha generado indignación social por la brutalidad del crimen y las sanciones consideradas mínimas.
El 25 de septiembre de 2025, en el ejido El Desierto, municipio de General Plutarco Elías Calles a unos kilómetros de la frontera de México con Estados Unidos, Leyla Monserrat Lares Becerra, quien tenía 15 años, fue engañada por dos adolescentes en Sonoyta.
Sus “amigas” le dijeron que le prepararían una sorpresa, la llevaron, la sentaron en una silla, le vendaron los ojos y, mientras ella reía y preguntaba a quién conocería, colocaron una cuerda alrededor de su cuello, la asfixiaron y la mataron. La escena fue grabada y difundida a través de redes sociales.
El asesinato fue descubierto meses más tarde, porque llegó un video anónimo a manos de la madre, Carmen Angélica Becerra Valencia. En las imágenes, según consta en la carpeta de investigación, se observa a la víctima confiada, sin saber que estaba siendo conducida a su muerte.
La Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora (FGJE), informó que se estableció, a partir de peritajes y cateos, que la causa de muerte fue asfixia mecánica y que las responsables eran dos adolescentes, de 13 y 15 años.
De acuerdo con la investigación ministerial, el móvil estuvo relacionado con un conflicto entre adolescentes. Versiones integradas al expediente refieren celos por una relación sentimental, lo que derivó en el engaño, la agresión y la grabación del homicidio con un teléfono celular.
El caso fue judicializado bajo el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.
En marzo de 2026, un juez dictó sentencia: dos años y diez meses de internamiento para la adolescente de 15 años; once meses de libertad asistida para la menor de 13 años; y el pago conjunto de 5 mil 657 pesos como reparación del daño moral.
La resolución judicial detonó cuestionamientos públicos sobre el alcance de las sanciones en delitos graves cometidos por menores de edad. El monto de la reparación económica y la duración de las medidas impuestas contrastaron con la violencia documentada en el caso.
La ley no permite imponer penas mayores
El magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia de Sonora, Rafael Acuña Griego explicó a El Universal que, conforme al Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, las imputadas pertenecen al grupo etario de entre 14 y 16 años, lo que legalmente impide imponer penas mayores a tres años de internamiento.
“Por disposición expresa de la ley, no se les puede imponer una pena mayor”, sostuvo.
Además, explicó, la resolución se derivó de un procedimiento abreviado, en el que participaron el Ministerio Público, las imputadas y la representación de la víctima, quienes acordaron la sanción presentada ante el juez.
“El juez simplemente sancionó ese acuerdo conforme a derecho”, precisó.
Acuña Griego subrayó que las menores no pueden ser juzgadas como adultas bajo el marco jurídico vigente en México, y que cualquier inconformidad con este tipo de resoluciones debe canalizarse a través de reformas legislativas.
“Mientras la ley sea la que tenemos, debe aplicarse en sus términos en todo el país”, afirmó.
Con información de La Jornada y El Universal


