Amplió la Corte mexicana su línea de precedentes sobre derechos LGTBIQ+

Foto de archivo

Luis Alfredo García Martínez

Publicado en Agenda Estado de Derecho

¿Antes que anochezca? La expansión de los derechos LGBT+ en la Suprema Corte mexicana al final de una época

En los últimos dos años, y con especial intensidad en los últimos meses, la Suprema Corte de México ha emitido una serie de sentencias que amplían su línea de precedentes sobre derechos LGTBIQ+. Estas resoluciones no son aisladas, sino que reflejan una apertura hacia temas antes no abordados, justo cuando el país se aproxima a un momento de cambio institucional derivado de la reforma constitucional de 2024.

Cambios recientes en la línea jurisprudencial de la Suprema Corte

Desde el año 2014, la Corte ha venido construyéndo una doctrina que reafirma que diversos actos y normas discriminatorias contra personas LGTBIQ+ son incompatibles con la Constitución. Lo hizo sobre todo en casos relacionados con uniones igualitarias y los derechos que de ello derivan; con relaciones familiares; con el derecho al cambio de documentos de personas trans adultas; con asuntos de discriminación por parte de autoridades, sin que sus pronunciamientos alcanzaran a tocar, por ejemplo, temas penales.

Recientemente, la Corte declaró inconstitucional exigir la mayoría de edad (18 años) para modificar actas de nacimiento conforme a la identidad de género; reconoció el derecho de personas trans imputadas a ser nombradas en los procesos penales conforme a su identidad de género; afirmó la responsabilidad civil de un médico en una cirugía estética asociada a un proceso de adecuación de género y ordenó la reparación correspondiente; reconoció que las mujeres trans pueden acceder al marco normativo de protección frente al feminicidio en un estado de la República; y resolvió sobre la responsabilidad civil de empresas privadas por discriminación en casos como la expulsión personas trans de baños. También declaró inconstitucional una norma que excluía de responsabilidad penal a quienes, en nombre de la patria potestad, sometieran a niñas, niños y adolescentes a prácticas para “corregir” su orientación sexual o identidad de género.

Es importante destacar que este texto se centra en los precedentes sobre derechos LGBT+, aunque no fueron los únicos relevantes del periodo. En los últimos meses, la Corte también resolvió otros asuntos que habían quedado pendientes. El cierre institucional coincidió con una aceleración de casos trascendentes. Asimismo, varias sentencias aquí analizadas se dictaron antes de formalizarse la reforma judicial. Reunirlas permite reflexionar sobre el legado que deja la Corte al final de esta etapa.

Una corte clave para los derechos LGTBIQ+

Aunque hay razones para no idealizar a los tribunales como los mejores garantes de los derechos constitucionales, lo cierto es que la Suprema Corte mexicana ha sido, en los últimos quince años, un actor crucial para el reconocimiento de los derechos de la diversidad sexual y de género. Gracias a sus precedentes, activistas y organizaciones han impulsado litigios estratégicos en todo el país, particularmente ante tribunales federales. Sus argumentos han permeado también los congresos locales, generando reformas legislativas incluso en contextos adversos.

Curiosamente, este proceso no generó un gran rechazo político. Por ejemplo, a diferencia de lo ocurrido en otros países, en México las decisiones de la Corte sobre matrimonio igualitario no provocaron un efecto de backlash. En un capítulo de este libro, Sofía Treviño sugiere que esto se debe a que el poder presidencial en la región sigue siendo percibido como el actor central del cambio social, y las resoluciones de la Corte no fueron vistas como una amenaza directa al poder político. Así, aunque muchas veces fueron -paradójicamente- criticadas por la academia jurídica y el activismo por sus efectos limitados para transformar el marco normativo en su conjunto, en los hechos estas sentencias terminaron impulsando un sigiloso, discreto y constante avance en favor de las libertades de las personas.

¿Y ahora qué?

Con la reforma constitucional de 2024, se abre un nuevo capítulo. No solo se renovará por completo la integración de la Corte, también podrían cambiar los incentivos de sus integrantes, ahora elegidos por voto popular. Esto abre un abanico de preguntas inevitables: ¿seguirá la Corte defendiendo los derechos LGTBIQ+? ¿Podrán los nuevos jueces mantener el compromiso con la igualdad? ¿Qué pasará si el criterio popular premia otros discursos?

Estas preguntas anticipan un escenario incierto. Algunas voces alertan sobre posibles retrocesos. Otras, quizás más sutiles, advierten que incluso los avances pueden ser instrumentalizados: ¿y si el reconocimiento de derechos se usa como cortina de humo para legitimar algunos proyectos políticos autoritarios?

Aunque el sistema de precedentes y el principio de progresividad deberían brindar cierta estabilidad, la experiencia comparada muestra que los derechos LGBIQT+ suelen erosionarse cuando también lo hacen las instituciones que los sostienen.  En su más reciente libro, el profesor Rehan Abeyratne, exploró cómo, en contextos de erosión democrática, algunos tribunales —en India, Hong Kong y Estados Unidos— han dictado fallos progresistas en materia LGTBIQ+ mientras sus decisiones en otros temas profundizan el autoritarismo o debilitan los contrapesos. ¿Podría pasar algo similar en México? Nadie lo sabe. Pero la incertidumbre está ahí y merece ser discutida.

En su momento, la Relatora Especial de la ONU sobre la independencia de los magistrados y abogados advirtió a México mediante una comunicación sobre los posibles efectos negativos de la reforma judicial. En este marco, pensar críticamente en los logros alcanzados y en su fragilidad estructural, es una forma responsable de enfrentar el presente.

Tampoco puede pensarse que, hasta ahora, la defensa de estos derechos haya dependido exclusivamente de la Corte. La movilización social y la acción legislativa, especialmente en congresos locales, han sido fundamentales para abrir camino. Sin embargo, ante el nuevo contexto institucional, es posible que estos espacios cobren aún más relevancia. La agenda de derechos LGTBIQ+ quizá deba sostenerse con mayor fuerza, diálogo y alianzas en otros frentes, sin perder de vista lo que se ha logrado desde el litigio y la justicia constitucional.

Ante este panorama, vale la pena volver la mirada a lo que la Corte ha representado hasta ahora. Fue un actor fundamental en la historia reciente de los derechos LGTBIQ+ en México. Lo que venga dependerá no solo de sus nuevas decisiones, sino también de la capacidad de la sociedad para exigir, articular y sostener lo conquistado. Hoy, más que certezas, tenemos preguntas. Pero tal vez ahí radique el valor de este momento, en no dar nada por sentado, en no perder de vista lo ganado, y en seguir atentos a cualquier forma de regresión o uso político de los derechos.

Citación académica sugerida: García Martínez, Luis Alfredo. ¿Antes que anochezca? La expansión de los derechos LGTBIQ+ en la Suprema Corte mexicana al final de una época. Agenda Estado de Derecho. 2025/08/29, Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/suprema-corte-mexicana/

Temas relacionados