
El presente artículo fue publicado en la página 34, edición número 53, mes de junio, de revista Jurista, “Edición Especial de Mecanismos de Solución de Conflictos. Voces construyendo paz y diálogo en México”.
GUILLERMO RAÚL ZEPEDA LECUONA
Pionero en estimar la impunidad en México en la obra “Crimen sin Castigo” (2004)*.
Yo llegué a los MASC a través de mi labor de académico y consultor. En primera instancia, en mis estudios de reforma judicial destacaba la necesidad de fomentar las figuras autocompositivas y el desarrollar en los operadores del sistema las competencias y manejo de herramientas de los MASC.[1]
Entre 1996 y 2004 me dediqué a realizar diagnósticos y evaluación del sistema de justicia, particularmente del penal. El diagnóstico señalaba la ausencia de una política criminal focalizada que atendiera a cada tipo de infracción y delito, de una manera proporcional y bajo el principio de mínima intervención.[2] Entre las propuestas impulsadas con base en los diagnósticos estuvo la política criminal humanista y focalizada y la adopción de sistema procesal penal adversarial de corte acusatorio.[3] Como académico, trabajé con la metodología de las buenas prácticas, en las que de inmediato apareció la justicia alternativa en materia penal como un área de mejora, con mucho potencial.[4]
Cuando la fundación MacArthur me ofreció desarrollar el manual de implementación de buenas prácticas de tres políticas públicas exitosas, de inmediato prioricé la de los MASC en materia penal, de la que mi empresa Jurimetría desarrolló un manual de implementación.[5]
En 2015, el proyecto Projust de USAID me contrató para hacer un estudio de seguimiento, muestreo de expedientes y encuestas de satisfacción de usuarios en órganos especializados de MASC en seis fiscalías del país. De igual forma, pude participar en la implementación del modelo homologado de MASC en estos OEMASC.
Ha sido un camino de muchas satisfacciones, tanto en el crecimiento (754%, pasando de 4,788 convenios en 2018 a 40,903 en 2025); y avance cualitativo (7% de las parejas que inician proceso de divorcio ante la justicia alternativa se reconcilian; y se tiene un 96% de satisfacción de usuarios) de los MASC en el estado de Jalisco. Mientras que, en el ámbito nacional, por cada mediador hay siete jueces, en Jalisco, por cada jueza o juez hay cinco mediadores certificados; se cuenta con 443 puntos de atención en 73 municipios donde vive 91% de los jaliscienses.[6]
Directrices para mantener estándares de excelencia en la formación y certificación de las personas facilitadoras del país
Si bien la LGMASC excede el mandato constitucional de establecer bases y principios de los MASC (que es lo que mandata el artículo 73, Fr. XXIX-A) e incurrió en la regulación de los procedimientos de mediación, la integración de los centros públicos y requisitos y procedimientos para la designación de sus titulares, considero que establece dos directrices fundamentales para el avance de los MASC: la mediación privada en todo el país, así como los supuestos de validación de los convenios derivados de un MASC.
Los lineamientos de capacitación, certificación y el perfil de competencias desarrollados por el Consejo Nacional de MASC se fundan y armonizan con la LGMASC y dan directrices claras para mantener los estándares de excelencia en la formación y certificación de las personas facilitadoras del país.
Por otra parte, deja en libertad a los estados de regular varios ámbitos como los convenios preventivos de convenios, procedimientos de acreditación de los centros de mediación y espacios en los que prestan sus servicios las personas facilitadoras.
En Jalisco, es políticamente incorrecto desestimar a los MASC como forma de resolver conflictos
Se ha avanzado mucho en que permee la cultura de paz y los MASC. En la actualidad, en Jalisco es políticamente incorrecto que los operadores del sistema legal y de justicia, desestimen a los MASC como forma de resolver conflictos.
La sólida formación de los mediadores y la confianza y conocimiento de los jueces de Jalisco en los MASC, son los pilares de la política pública de eficacia y desarrollo de los métodos alternos de solución de conflictos.
Cada vez más operadores del sistema de justicia, incluyendo abogados postulantes en general y abogados de aseguradoras y bancos, en lo particular, están acudiendo a los MASC. De acuerdo con las encuestas de primer contacto y satisfacción de usuarios, cada vez más usuarios del IJA acuden por sugerencia, o acompañados por sus abogados. En la primera encuesta de la primavera de 2019, sólo 11% de los usuarios acudía acompañado o por sugerencia de sus abogados; en la encuesta de primavera de 2025, esta proporción subió a 26%. Es decir, cada vez más abogados prefieren cobrar honorarios por asesorar y resolver conflictos y no por alargar procedimientos.
Las juezas y jueces de Jalisco nos han acompañado en el establecimiento de los Lineamientos para la elaboración, revisión, validación y ejecución de convenios finales de MASC. De esta forma se ha incrementado la eficacia en la ejecución de convenios: en 2018, de cada seis jueces sólo uno aceptaba los convenios incumplidos para su ejecución; en cambio, en la actualidad, de cada seis jueces, cinco aceptan realizar la ejecución de convenios; y los jueces que no aceptan la ejecución reciben retroalimentación de sus pares en la revisión de oficio que se hace a los convenios en casos de ejecución forzosa. De esta forma, al ser una forma eficaz de resolver conflictos, cada vez los MASC son más usados en Jalisco.
Además del incremento en el número de convenios, los servicios de MASC han incrementado su presencia en el entorno judicial de Jalisco.
Por ejemplo, de acuerdo con el Censo de Impartición de Justicia Estatal 2025 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (CIJE-INEGI, 2025), 26% de los conflictos atendidos en primera instancia por el Poder Judicial de Jalisco fueron iniciados ante la justicia alternativa; mientras que, en el resto del país, únicamente 9% de los asuntos atendidos por los poderes judiciales estatales se iniciaron ante la justicia alternativa (Idem.).
De la misma forma, en Jalisco, por cada convenio de mediación hay sólo dos sentencias de los juzgados de primera instancia; en tanto que, en el resto de los estados, por cada convenio de mediación hay 18 sentencias de los jueces (Idem).
Indispensable profundizar en cinco acciones de política pública
Creo que se debe seguir profundizando en las cinco acciones de política pública que se han venido haciendo en Jalisco:
- Impulsar la formación y profesionalización de personas facilitadoras
- Continuar la vinculación con la judicatura
- El despliegue de los MASC por todas las regiones para ampliar el acceso a la justicia y contribuir a la pacificación
- Ampliar la aplicación de los MASC en los ámbitos de la justicia cívica, escolar y comunitaria
- Desarrollar más la justicia restaurativa y la justicia terapéutica
En la mayoría de estados son minoría los impulsores de los MASC en los poderes judiciales
Es necesario seguir ampliando el compromiso y el apoyo de la judicatura a los MASC. Cada vez más poderes judiciales, los magistrados y los jueces conocen y confían en los MASC, pero siguen siendo una minoría. La proporción de la judicatura que apoya y conoce de. Los MASC en Jalisco es un caso más bien excepcional. En la mayoría de los estados, los impulsores de los MASC al interior de los poderes judiciales son minoría.
Uno de los ámbitos en los que se puede notar el escaso apoyo son:
- El poco presupuesto dedicado a los centros públicos y a los MASC. En promedio, los poderes judiciales del país dedican apenas 1.3% de su presupuesto a la justicia alternativa. Sólo en Jalisco, Estado de México, Chiapas y Chihuahua, los poderes judiciales aportan más de 3% de sus presupuestos a los MASC.
- La proporción de convenios de MASC que no se ejecutan. Esta proporción oscila, en promedio, alrededor de 25% en el país.
- Que todavía en doce estados, los poderes judiciales locales sigan sin emitir certificados a personas facilitadoras privadas a más de dos años de la publicación de la LGMASC.
Decisivo, vincular y acercar a los juzgadores al conocimiento de los MASC
Considero que es vital la profesionalización de las personas mediadoras y facilitadoras. Su formación y especialización permanente les hace ganarse el respeto en el ámbito profesional, particularmente en el exigente medio judicial.
También es decisivo vincular y acercar a los juzgadores al conocimiento de los MASC. En Jalisco, 70% de los juzgadores ya ha tomado su curso en MASC y nueve magistradas y magistrados están certificados (comenzando por el presidente del tribunal). Al conocer las bondades y los alcances de los MASC como auxiliares de la impartición de justicia, los juzgadores verán en las personas facilitadoras a unos aliados en su labor.
Por supuesto, continuar con la difusión y sensibilización de la sociedad sobre los MASC, así como el desarrollo de competencias fundamentales en el manejo de conflictos.
También se debe tener un sistema de indicadores de seguimiento y evaluación de los MASC para poder detectar y difundir las buenas prácticas.[7]
FICHA BIBLIOGRÁFICA DEL AUTOR*
Abogado por la Universidad de Guadalajara. Maestro en Políticas Públicas por el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM). Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Ha tomado diplomados y cursos en instituciones internacionales como la Unión Europea, el Instituto Iberoamericano de la Juventud, la Universidad de California en San Diego y el Centro de Estudios de Justicia de las Américas (OEA), entre otros. Director general de Instituto de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco (IJA). Profesor de El Colegio de Jalisco y de la Universidad Panamericana. Miembro del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores. Director de Jurimetría Iniciativas para el Estado de Derecho A.C. Pionero en estimar la impunidad en México en la obra “Crimen sin Castigo” (2004). Se ha dedicado al diagnóstico, propuestas, búsqueda y documentación de buenas prácticas sobre el sistema de justicia.
[1] Zepeda Lecuona, Guillermo Raúl. “Análisis económico de los costos de acceso a la justicia en los ámbitos federal y local (estado de Jalisco)”. Justicia con eficiencia: memoria del Primer Congreso Anual de la Asociación Mexicana de Derecho y Economía, pp. 41-78, AMDE, México, 1996.
[2] Zepeda Lecuona, Guillermo Raúl. Crimen sin castigo: Procuración de Justicia Penal y Ministerio Público en México, Fondo de Cultura Económica y Centro de Investigación para el Desarrollo (CIDAC), México, 2004.
[3] Zepeda Lecuona, Guillermo Raúl. La Justicia Penal Alternativa en el modelo de justicia penal de Chihuahua. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Gobierno del Estado de Chihuahua, 1ed., México 2008,
[4] Zepeda Lecuona, Guillermo Raúl. Buenas prácticas en la implementación y operación del nuevo Sistema de Justicia Penal en México, Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional; México, noviembre de 2014.
[5] El Órgano Especializado en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal, Jaime Pacheco Cueva. Zapopan: El Colegio de Jalisco-Jurimetría. Zapopan, 2020.
[6] Véase Séptimo informe de resultados IJA, 2026. https://ija.gob.mx/storage/transparency/pdfs/Art%C3%ADculo%208.%20Informaci%C3%B3n%20fundamental%20-%20General/VI.%20La%20informaci%C3%B3n%20sobre%20la%20gesti%C3%B3n%20p%C3%BAblica/l)%20Los%20informes%20trimestrales/2025//INFORME%20DE%20ACTIVIDADES%20DEL%202025.pdf Consultado en mayo de 2026.
[7] Zepeda Lecuona, Guillermo Raúl. “Hacia un sistema de indicadores para los MASC”, en Guillermo Raúl Zepeda Lecuona y Blanca Olivia Vargas, Coordinadores. Segundo Anuario de Justicia alternativa, Instituto de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco y Editorial Tirant le Blach, pp. 15-27.


