
TI/03/2026
Ciudad de México, a 03 de junio de 2026.- En la Asociación Nacional de Magistrado de Circuitos y Jueces de Distrito (JUFED) externamos nuestro apoyo a las diversas personas juzgadoras que han promovido demandas de amparo ante la negativa del Órgano de Administración Judicial (OAJ) de realizar los pagos extraordinarios previstos en el artículo Décimo Transitorio de la Reforma Judicial.
Las demandas presentadas tienen como finalidad obtener la protección constitucional, así como exigir que, una vez acreditado el cumplimiento de las condiciones establecidas por la propia Carta Magna, se efectúe el pago correspondiente en los términos ordenados.
De la revisión de los oficios emitidos por la autoridad administrativa, se advierte el empleo de una argumentación generalizada, ambigua e imprecisa, que no da a conocer las motivaciones concretas de la negativa de pago.
Las respuestas emitidas por un funcionario del OAJ no precisan de manera individualizada las circunstancias particulares de cada solicitud ni desarrollan las razones concretas que llevaron a la autoridad a negar el pago reclamado. Esta situación genera incertidumbre respecto de la fundamentación y motivación que deben acompañar todo acto de autoridad que incida en derechos de las personas.
En JUFED reconocemos y respaldamos la decisión de las personas juzgadoras que han acudido al juicio de amparo para que sea la autoridad jurisdiccional competente la que determine la constitucionalidad y legalidad de los actos reclamados.
Asimismo, reiteramos nuestro acompañamiento a las y los compañeros que han optado por la defensa de sus derechos mediante los mecanismos previstos por el orden jurídico mexicano, con pleno respeto a las instituciones y a las resoluciones que emitan los órganos jurisdiccionales competentes.
El cumplimiento de la Constitución y el respeto a los derechos reconocidos en ella son exigencias que vinculan a todas las autoridades del Estado mexicano.
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