
Eduardo de Jesús Castellanos Hernández
Profesor e investigador.
El dato más relevante de esta iniciativa de reforma -que sin duda será aprobada sin cambiarle una coma, incluso ahí donde es necesario-, no es el restablecimiento de las dos secciones del pleno de la SCJN; ni el cambio de fecha de la siguiente elección judicial; ni que la convocatoria electoral la vaya a expedir el INE y ya no el Senado; ni que vaya a ser necesaria una tesis jurisprudencial para que sean obligatorios los razonamientos de las sentencias; ni el Comité Único de Evaluación que servirá para lo mismo que los tres comités anteriores: filtrar a los seleccionados previamente; ni la centralización federal para seleccionar juzgadores locales.
El dato más relevante es que los acordeones para los acarreados a votar seguirán siendo indispensables; pues gracias a los acordeones se definirá quiénes van a ganar y por cuántos votos.
Las razones de la necesidad de los acordeones son obvias:
1. Ni siquiera el nombre -y menos la calificación que hayan obtenido los candidatos en el proceso de evaluación en la flamante Escuela Nacional de Formación Judicial- podrá ser conocido, una vez más, por los que vayan a votar por ellos.
2. No será necesario, pues las campañas electorales seguirán siendo secretas.
3. Ahora habrá candidatos a juzgadores con carrera judicial y sin ella.
4. La rotación en la presidencia de la Corte -aunque ya no en la del TEPJF- seguirá siendo en función de la votación recibida.
Esta iniciativa de reforma es más de lo mismo, pero corregido y aumentado.


